FOGAIN y FGD: ¿Qué son los fondos de garantía y en qué se diferencian?

Escrito por:
Hola inversión » FOGAIN y FGD: ¿Qué son los fondos de garantía y en qué se diferencian?

Según la Encuesta de Competencias Financieras del Banco de España y de la CNMV , el 38% de las personas que ahorran en España lo hacen en metálico, en sus propios hogares, fuera del sistema financiero. En algunas comunidades autónomas esta cifra asciende al 50%.

Pensando en los motivos de este fenómeno, seguro que te viene a la cabeza el clásico consejo popular “no te puedes fiar de los bancos”.

Con tantas crisis, quiebras y rescates… ¿Es seguro depositar tu dinero en un banco? ¿Son realmente solventes los bancos? ¿Qué pasa con tu dinero si tu banco desaparece? ¿Te has planteado guardar tus ahorros debajo del colchón ?

Si te han asaltado estas dudas alguna vez, queremos que estés tranquilo. El FOGAIN y el FGD son tus amigos y en este artículo los vas a conocer en profundidad.

FOGAIN

Logo de Fogain, Fondo de garantía de las inversiones en España

¿Qué es el FOGAIN?

El Fondo de Garantía de Inversiones (FOGAIN) es un instrumento público que existe en España para proteger a los inversores ante determinadas contingencias.

Está regulado por la Ley del Mercado de Valores y su finalidad es indemnizar a los inversores, hasta cierto límite, en casos de insolvencia de las empresas de servicios de inversión.

Como su nombre indica, el FOGAIN es un fondo de garantía, un dinero “por si acaso”, que tiene el Estado para poder intervenir por el bien común ante situaciones inaceptables y de paso dar seguridad a las transacciones e incentivar la inversión.

🔒 Coberturas del FOGAIN

Ahora que ya sabemos qué es el FOGAIN, vamos a ver qué cubre y a quién.

El FOGAIN asegura a los clientes de una entidad adherida la recuperación del efectivo y los instrumentos financieros que la entidad gestione por cuenta del inversor, con un máximo de 100.000 euros por inversor, cuando la entidad no pueda restituírselos por encontrarse en concurso de acreedores o por ser declarada insolvente por la CNMV.

Algunas puntualizaciones quedebes tener en cuenta respecto al párrafo anterior:

  • El FOGAIN cubre a los clientes de empresas de servicios de inversión autorizadas en España por la CNMV . Algunos ejemplos son las sociedades de valores, agencias de valores o sociedades gestoras de carteras. Los “chiringuitos financieros” no están cubiertos por el FOGAIN ni por ningún otro fondo de garantía.

💡 ¿Sabías que…?

Todas las empresas de servicios de inversión autorizadas en España deben adherirse al FOGAIN de forma obligatoria de acuerdo con la normativa vigente. Así que, si operas solo con empresas autorizadas, puedes despreocuparte, ¡estás cubierto/a!

  • Por otra parte, cubre a inversores particulares, no a sociedades. Por ejemplo, si un fondo de capital-riesgo invierte en una gestora de fondos que quiebra, este no podrá acogerse al FOGAIN.
  • Además, el FOGAIN cubre solo inversiones financieras. Esto son valores, instrumentos financieros y efectivo (saldo positivo que tenga el cliente en la cuenta de la gestora). Por lo tanto, no cubre ninguna inversión de índole no financiera como obras de arte, sellos, objetos de coleccionista y otros similares.
  • Este fondo de garantía cubre un máximo de 100.000 euros por inversor y entidad. El dinero del FOGAIN no es ilimitado, aun así 100.000 euros no son moco de pavo. Si tienes más de 100.000, es mejor que los inviertas en varias entidades. Echa un vistazo a nuestros consejos para maximizar la seguridad de tus inversiones, al final del artículo.

🤔 ¿Y de dónde sale todo ese dinero?

El FOGAIN se nutre de las aportaciones que hacen las entidades que están adheridas a este. Estas aportaciones son obligatorias, están reguladas por ley y son la principal fuente de capital del Fondo, pero no la única. 

También obtiene ingresos de la inversión de su patrimonio (¿o te creías que tú eres el único que invierte?). Además, en caso necesario, puede tomar dinero prestado de entidades financieras o de la propia CNMV.

  • Ten en cuenta que el FOGAIN cubre a empresas de servicios de inversión con sede social en España, no cubre a entidades extranjeras que ya cuenten con un fondo de garantía en su país de origen, a no ser que tengan sucursal en España y decidan acogerse al FOGAIN de forma voluntaria. A falta de una imagen, un ejemplo vale más que mil palabras:

Ejemplo:

Supongamos que has decidido invertir en una gestora de carteras francesa con sucursal en España. Esta gestora obligatoriamente estará adherida a un fondo de garantía en Francia. Si la gestora quiere, puede adherir su sucursal en España al FOGAIN de forma voluntaria. Si lo hace y quiebra, tú como cliente podrás acogerte al FOGAIN. Si, por el contrario, la sucursal no estaba adherida al FOGAIN, tendrás que acudir al fondo de garantía en Francia para recuperar tu dinero.

  • Por último, y aunque pueda ser obvio, es importante recordar que el FOGAIN no cubre las pérdidas de valor que sufran las inversiones como consecuencia de la dinámica de los mercados. Desgraciadamente este riesgo es inherente a la inversión y todos los inversores tenemos que aprender a vivir con ello.

¿Cómo solicitar una indemnización al FOGAIN?

Aunque esperamos que nunca te veas en esta situación, informarse nunca está de más.

Si crees que puedes tener derecho a una indemnización del FOGAIN, el proceso a seguir es muy sencillo. Simplemente debes cumplimentar y presentar un formulario de solicitud de indemnización, junto con tu DNI, ante la Gestora del FOGAIN. Puedes hacerlo por correo electrónico o presencialmente en sus oficinas en Madrid. Y ya solo te quedará esperar a que la Gestora valore si, efectivamente, te corresponde percibir tal indemnización y, en su caso, la cuantía.

La Gestora del FOGAIN es una entidad designada por ley para gestionar este fondo de garantía y ocuparse de todos los trámites relacionados con el fondo, ya que este no tiene personalidad jurídica propia.

FGD

¿Qué es el FGD?

El Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito, más conocido como FGD, tiene el objetivo de cubrir a los depositantes en caso de insolvencia de alguna entidad de crédito. Fue creado por ley y su gestión y administración corresponde al Banco de España.

Igual que el FOGAIN, el FGD es una especie de “hucha común” que ofrece una seguridad adicional a los clientes. Solo que en este caso estamos hablando de entidades de crédito y no de empresas de servicios de inversión.

El término “entidad de crédito” se refiere básicamente a cualquier entidad que puede prestar dinero. En España, en este grupo se encuentran los bancos, las cajas de ahorros y las cooperativas de crédito.

💡 ¿Sabías que…?

Fruto de la reestructuración del sector tras la crisis financiera de 2008, el número de cajas de ahorros en España pasó de 47 (en el año 2005) a solamente 2. Las dos cajas de ahorros españolas que existen en la actualidad son “Caixa Ontinyent” y “Caixa Pollença”. Las 45 restantes desaparecieron o se convirtieron en bancos tras múltiples fusiones.

Todas las entidades de crédito españolas están adheridas de forma obligatoria al FGD, excepto el Instituto de Crédito Oficial, que es un banco público adscrito al Ministerio de Economía, con otras funciones.

También como en el caso del FOGAIN, el FGD se financia mediante sus entidades adheridas, que tienen la obligación de aportar anualmente al Fondo un porcentaje de sus activos. El FGD también puede pedir préstamos a terceros o solicitar aportaciones extraordinarias a sus entidades adheridas en caso necesario.

🔒 Coberturas del FGD

El FGD cubre el dinero depositado en una entidad de crédito española hasta un máximo de 100.000 euros por titular. Esta garantía incluye tanto depósitos dinerarios como depósitos de valores, cuya definición se indica a continuación:

  • Los depósitos dinerarios se refieren a los depósitos realizados en cuentas de ahorro, cuentas corrientes y depósitos a plazo fijo en una entidad de crédito.
  • Los depósitos de valores se refieren a los valores e instrumentos financieros confiados a una entidad de crédito para su depósito o registro o para la realización de algún servicio de inversión.

Cabe destacar que el FGD no cubre las pérdidas de valor que pudieran sufrir dichos depósitos o inversiones, fruto del normal funcionamiento de los mercados.

Para poder optar a la garantía del FGD, debe darse alguno de los siguientes supuestos:

  • Que la entidad se haya declarado en concurso de acreedores.
  • Que el Banco de España determine que la entidad no puede cumplir con las obligaciones contraídas con sus clientes.  

Las entidades de crédito de otros países que tengan sucursal en España deben ofrecer un nivel de protección igual o superior al del FGD con un fondo de garantía equivalente en su país de origen. En caso contrario, deben adherirse al FGD para poder operar en España.

¿Cómo solicitar una indemnización al FGD?

En caso de que una entidad de crédito entre en concurso de acreedores o el Banco de España la declare insolvente, será la propia entidad la encargada de comunicar al FGD los datos de sus depositantes y el importe que cada uno tiene depositado en la entidad.

Una vez el FGD compruebe que se cumplen los requisitos para proceder al pago garantizado, se pondrá en contacto con cada depositante para hacerlo efectivo.

A diferencia del FOGAIN, en el caso del FGD el cliente no debe realizar ninguna gestión en particular.

✅ Consejos prácticos para evitar quebraderos de cabeza

Si has leído hasta aquí, ya sabrás qué son los fondos de garantía y, posiblemente, estés un poco más tranquilo sabiendo que existen algunos instrumentos para cubrirnos las espaldas con nuestro dinero.

Para terminar, en este apartado, queremos darte algunos consejos adicionales para maximizar la seguridad de tu capital.

1. Antes de operar con cualquier entidad financiera, asegúrate de que está adherida al FOGAIN (si es una empresa de servicios de inversión) o al FGD (si es una entidad de crédito). Esto es especialmente relevante en el primer caso, ya que es más fácil abrir un “chiringuito financiero” y hacerlo pasar por una entidad fiable que hacer lo mismo con una caja de ahorros o un banco. 

En las páginas web oficiales del FOGAIN y del FGD puedes acceder a un listado de sus entidades adheridas (ver fuentes). Estos listados se actualizan periódicamente. Si la entidad que estás buscando no está en la lista, llámales y pregunta.

2. Asegúrate de que el valor total de tus depósitos o inversiones no supere los 100.000 euros por titular en una misma entidad, que es el importe máximo que cubren ambos fondos. Si tienes más dinero, lo mejor es diversificar.

3. Ojo con las fusiones entre bancos. Este consejo aplica en el caso del FGD. Lo normal es que, aunque dos bancos pertenezcan al mismo grupo, cada uno de ellos mantenga su adhesión al FGD de forma individualizada, pero algunas veces las fusiones entre bancos pueden provocar que el límite se contabilice de forma conjunta. Si tienes dudas, pregunta en tu banco y tenlo en cuenta a la hora de diversificar tu capital.

4. Ojo con los bancos extranjeros. Son muchos los bancos extranjeros que operan en España y lo hacen en diferentes formas jurídicas que pueden repercutir en el sistema de indemnización.

Si el banco opera a través de una filial (es decir, cuenta con una entidad jurídica española), estará cubierto por el FGD. Este es el caso de Deutsche Bank o BNP Paribas, por poner algunos ejemplos.

Si el banco opera a través de una sucursal (es decir, no tiene entidad jurídica española) y pertenece a algún país de la Unión Europea, estará cubierto por un fondo de garantía equivalente al FGD en su país de origen (el máximo de 100.000 euros aplica igual en todos los países de la UE). Algunos ejemplos de este formato son ING Direct o Crédit Agricole.

En cambio, si el banco opera a través de una sucursal y no pertenece a la UE, o bien opera en España en régimen de libre prestación (sin sucursal), las cosas se pueden complicar. Si este es tu caso, infórmate muy bien de la regulación que te ampara, aunque lo que nosotros te aconsejamos es que te mantengas bajo el paraguas de la UE. Más vale prevenir que curar.


Todos estos consejos son muy intuitivos y fáciles de seguir, así que esperamos que te ayuden a tomar mejores decisiones con tu capital y te eviten quebraderos de cabeza innecesarios.

Si quieres preguntar o añadir algo, escríbenos en los comentarios y estaremos encantados de responderte.

Por cierto, todos los roboadvisors que hemos analizado trabajan con entidades adheridas al FOGAIN y al FDG, así que si quieres invertir tu dinero de forma automatizada puedes visitar nuestra comparativa.

Fuentes:
Encuesta competencias financieras
Listado oficial FOGAIN
Listado oficial FDG

Lilia I.

A Lilia le encantan las finanzas personales y llevar un control absoluto de todos sus ingresos y gastos. Intenta optimizar su dinero analizando, comparando y eligiendo los mejores productos financieros del mercado. Se graduó en Administración y Dirección de Empresas y, aparte de escribir en Hola inversión, trabaja como consultora haciendo proyectos relacionados con Economía de la salud. Linkedin

6 comentarios en «FOGAIN y FGD: ¿Qué son los fondos de garantía y en qué se diferencian?»

  1. Hola, para un banco en caso de quiebra ¿entraría en funcionamiento el FGD para el metálico y el FOGAIN para las inversiones? Es decir, potencialmente podrías tener cubierto 100.000 euros en metálico por el FGD y otros 100.000 en inversiones por el FOGAIN?

    Gracias!

    Responder
    • Hola Conny, FGD y FOGAIN actuarían de forma independiente así que sería como tu dices, hasta 100.000€ para el dinero líquido (FGD= y 100.000€ para las inversiones (FOGAIN).

      Responder
  2. Hola!

    ¿En el caso de la cuenta remunerada de Myinvestor, ésta está cubierta por el FGD? Myinvestor no aparece como entidad adherida al FGD español. ¿Es suficiente con que aparezca ANDBANK o podría suponer un problema en el desagradable caso tener que reclamar al fondo de garantía?

    Responder
  3. Hola Lilia,

    Muchas gracias por toda la info, de lo más completo que he visto por la red.

    Una pregunta: si tengo una cuenta con 2 titulares, se supone que cubre hasta 200k, verdad? En nuestro caso tenemos una cuenta en MyInvestor con fondos indexados a nombre de los 2. Estaría bien, entonces, llegar a esos 200k y no habría problema?

    Gracias!

    Responder

Deja un comentario

 

Responsable:Roig Collell, Guillem; Finalidad: Moderar y responder comentarios de usuarios; Legitimación: Consentimiento del interesado; Destinatarios: No se cederán a terceros salvo obligación legal; Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional que puede consultar en la política de privacidad de la web holainversion.com Información adicional: Puedes consultar la información adicional y detallada sobre protección de datos desde aquí.